MINISTERIO DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
INSTALACIONES
INTERIORES O RECEPTORAS
PROTECCIÓN
CONTRA SOBREINTENSIDADES
ITC-BT-22
ÍNDICE
1. PROTECCIÓN DE LAS INSTALACIONES
1.1 Protección contra sobreintensidades
1.2 Aplicación de las medidas de protección
1.
PROTECCIÓN DE LAS INSTALACIONES
Todo
circuito estará protegido contra los efectos de las
sobreintensidades que puedan presentarse en el mismo, para lo cual la
interrupción de este circuito se realizará en un tiempo conveniente
o estará dimensionado para las sobreintensidades previsibles.
Las
sobreintensidades pueden estar motivadas por:
- Sobrecargas debidas a los aparatos de utilización o defectos de aislamiento de gran impedancia.
- Cortocircuitos.
- Descargas eléctricas atmosféricas
- Protección contra sobrecargas. El límite de intensidad de corriente admisible en un conductor ha de quedar en todo caso garantizada por el dispositivo de protección utilizado.
El
dispositivo de protección podrá estar constituido por un
interruptor automático de corte omnipolar con curva térmica de
corte, o por cortacircuitos fusibles calibrados de características
de funcionamiento adecuadas.
- Protección contra cortocircuitos. En el origen de todo circuito se establecerá un dispositivo de protección contra cortocircuitos cuya capacidad de corte estará de acuerdo con la intensidad de cortocircuito que pueda presentarse en el punto de su conexión. Se admite, no obstante, que cuando se trate de circuitos derivados de uno principal, cada uno de estos circuitos derivados disponga de protección contra sobrecargas, mientras que un solo dispositivo general pueda asegurar la protección contra cortocircuitos para todos los circuitos derivados.
Se
admiten como dispositivos de protección contra cortocircuitos los
fusibles calibrados de características de funcionamiento adecuadas y
los interruptores automáticos con sistema de corte omnipolar.
La
norma UNE
20.460
-4-43 recoge en su articulado todos los aspectos requeridos para los
dispositivos de protección en sus apartados:
432
- Naturaleza de los dispositivos de protección.
433
- Protección contra las corrientes de sobrecarga.
434
- Protección contra las corrientes de cortocircuito.
435
- Coordinación entre la protección contra las sobrecargas y la
protección contra los cortocircuitos.
436
- Limitación de las sobreintensidades por las características de
alimentación.
La
norma UNE
20.460
-4-473 define la aplicación de las medidas de protección expuestas
en la norma UNE
20.460 -4-43 según sea por causa de sobrecargas
o
cortocircuito,
señalando en cada caso su emplazamiento u omisión, resumiendo los
diferentes casos en la siguiente tabla.
NOTAS:
- significa que debe preverse un dispositivo de protección (detección) sobre el conductor correspondiente
SN:
Sección del conductor de neutro SF:
Sección del conductor de fase
(1):
admisible si el conductor de neutro esta protegido contra los
cortocircuitos por el dispositivo de protección de los conductores
de fase y la intensidad máxima que recorre el conductor neutro en
servicio normal es netamente inferior al valor de intensidad
admisible en este conductor.
(2):
excepto cuando haya protección diferencial
(3):
en este caso el corte y la conexión del conductor de neutro debe ser
tal que el conductor neutro no sea cortado antes que los conductores
de fase y que se conecte al mismo tiempo o antes que los conductores
de fase.
(4):
en el esquema TT sobre los circuitos alimentados entre fases y en los
que el conductor de neutro no es distribuido, la detección de
sobreintensidad puede no estar prevista sobre uno de los conductores
de fase, si existe sobre el mismo circuito aguas arriba, una
protección diferencial que corte todos los conductores de fase y si
no existe distribución del conductor de neutro a partir de un punto
neutro artificial en los circuitos situados aguas abajo del
dispositivo de protección diferencial antes mencionado.
(5):
salvo que el conductor de neutro esté protegido contra los
cortocircuitos por el dispositivo de protección de los conductores
de fase y la intensidad máxima que recorre el conductor neutro en
servicio normal sea netamente inferior al valor de intensidad
admisible en este conductor.
(6):
salvo si el conductor neutro esta efectivamente protegido contra los
cortocircuitos o si existe aguas arriba una protección diferencial
cuya corriente diferencial-residual nominal sea como máximo igual a
0,15 veces la corriente admisible en el conductor neutro
correspondiente. Este dispositivo debe cortar todos los conductores
activos del circuito correspondiente, incluido el conductor neutro.
No hay comentarios:
Publicar un comentario