MINISTERIO DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
PREVISIÓN
DE CARGAS PARA SUMINISTROS EN BAJA TENSIÓN
ITC-BT-10
ÍNDICE
2. GRADO DE ELECTRIFICACIÓN Y PREVISIÓN DE LA POTENCIA EN LAS VIVIENDAS
2.1 Grado de electrificación
2.1.1 Electrificación básica
2.1.2 Electrificación elevada
2.2 Previsión de la potencia
3. CARGA TOTAL CORRESPONDIENTE A UN EDIFICIO DESTINADO PREFERENTEMENTE A VIVIENDAS
3.1 Carga correspondiente a un conjunto de viviendas
3.2 Carga correspondiente a los servicios generales
3.3 Carga correspondiente a los locales comerciales y oficinas
3.4 Carga correspondiente a los garajes
4. CARGA TOTAL CORRESPONDIENTE A EDIFICIOS COMERCIALES, DE OFICINAS O DESTINADOS A UNA O VARIAS INDUSTRIAS
4.1 Edificios comerciales o de oficinas
4.2 Edificios destinados a concentración de industrias
5. PREVISIÓN DE CARGAS
6. SUMINISTROS MONOFÁSICOS
1.
CLASIFICACIÓN DE LOS LUGARES DE CONSUMO
Se
establece la siguiente clasificación de los lugares de consumo:
- Edificios destinados principalmente a viviendas
- Edificios comerciales o de oficinas
- Edificios destinados a una industria específica
- Edificios destinados a una concentración de industrias
2. GRADO
DE ELECTRIFICACIÓN Y PREVISIÓN DE LA POTENCIA EN LAS VIVIENDAS
La
carga máxima por vivienda depende del grado de utilización que se
desee alcanzar. Se establecen los siguientes grados de
electrificación.
2.1.1 Electrificación
básica
Es
la necesaria para la cobertura de las posibles necesidades de
utilización primarias sin necesidad de obras posteriores de
adecuación.
Debe
permitir la utilización de los aparatos eléctricos de uso común en
una vivienda.
Es
la correspondiente a viviendas con una previsión de utilización de
aparatos electrodomésticos superior a la electrificación básica o
con previsión de utilización de sistemas de calefacción eléctrica
o de acondicionamiento de aire o con superficies útiles de la
vivienda superiores a 160 m2, o con cualquier combinación
de los casos anteriores.
El
promotor, propietario o usuario del edificio fijará de acuerdo con
la Empresa Suministradora la potencia a prever, la cual, para nuevas
construcciones, no será inferior a 5 750 W a 230 V, en cada
vivienda, independientemente de la potencia a contratar por cada
usuario, que dependerá de la utilización que éste haga de la
instalación eléctrica.
En
las viviendas con grado de electrificación elevada, la potencia a
prever no será inferior a 9 200 W.
En
todos los casos, la potencia a prever se corresponderá con la
capacidad máxima de la instalación, definida ésta por la
intensidad asignada del interruptor general automático, según se
indica en la ITC-BT-25.
3. CARGA
TOTAL CORRESPONDIENTE A UN EDIFICIO DESTINADO PREFERENTEMENTE
A VIVIENDAS
La
carga total correspondiente a un edificio destinado principalmente a
viviendas resulta de la suma de la carga correspondiente al conjunto
de viviendas, de los servicios generales del edificio, de la
correspondiente a los locales comerciales y de los garajes que forman
parte del mismo.
La
carga total correspondiente a varias viviendas o servicios se
calculará de acuerdo con los siguientes apartados:
Se
obtendrá multiplicando la media aritmética de las potencias máximas
previstas en cada vivienda, por el coeficiente de simultaneidad
indicado en la tabla 1, según el número de viviendas.
Para
edificios cuya instalación esté prevista para la aplicación de la
tarifa nocturna, la simultaneidad será 1 (Coeficiente de
simultaneidad = nº de viviendas)
Será
la suma de la potencia prevista en ascensores, aparatos elevadores,
centrales de calor y frío, grupos de presión, alumbrado de portal,
caja de escalera y espacios comunes y en todo el servicio eléctrico
general del edificio sin aplicar ningún factor de reducción por
simultaneidad (factor de simultaneidad = 1).
Se
calculará considerando un mínimo de 100 W por metro cuadrado y
planta, con un mínimo por local de 3450 W a 230 V y coeficiente de
simultaneidad 1.
Se
calculará considerando un mínimo de 10 W por metro cuadrado y
planta para garajes de ventilación natural y de 20 W para los de
ventilación forzada, con un mínimo de 3450W a 230 V y coeficiente
de simultaneidad 1.
Cuando
en aplicación de la NBE-CPI-96 sea necesario un sistema de
ventilación forzada para la evacuación de humos de incendio, se
estudiará de forma específica la previsión de cargas de los
garajes.
4. CARGA
TOTAL CORRESPONDIENTE A EDIFICIOS COMERCIALES, DE OFICINAS
O DESTINADOS A UNA O VARIAS INDUSTRIAS
En
general, la demanda de potencia determinará la carga a prever en
estos casos que no podrá ser nunca inferior a los siguientes
valores.
Se
calculará considerando un mínimo de 100 W por metro cuadrado y
planta, con un mínimo por local de 3450 W a 230 V y coeficiente de
simultaneidad 1.
Se
calculará considerando un mínimo de 125 W por metro cuadrado y
planta, con un mínimo por local de 10 350 W a 230 V y coeficiente de
simultaneidad 1.
5.
PREVISIÓN DE CARGAS
La
previsión de los consumos y cargas se hará de acuerdo con lo
dispuesto en la presente instrucción. La carga total prevista en los
capítulos 2,3 y 4, será la que hay que considerar en el cálculo de
los conductores de las acometidas y en el cálculo de las
instalaciones de enlace.
6.
SUMINISTROS MONOFÁSICOS
Las
empresas distribuidoras estarán obligadas, siempre que lo solicite
el cliente, a efectuar el suministro de forma que permita el
funcionamiento de cualquier receptor monofásico de potencia menor o
igual a 5750 W a 230 V, hasta un suministro de potencia máxima de 14
490 W a 230V.
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